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Autoridades

PERÍODO 2021-2024

 

MESA DIRECTIVA

 

Presidenta: Dra. Sandra Laura Álvarez / presidencia@colebioqsf2.org

Vicepresidente: Dr. Horacio Santiago Gianni

Secretario: Dr. Germán Roberto Perez / secretaria@colebioqsf2.org

Pro Secretario: Dr. Rubén Evangelista

Tesorero: Dr. Luciano Martín Frigieri

Pro Tesorero: Dr. Federico Andrés Contreras

Vocal Titular: Dra. Norma Beatriz Mogues

Vocal Suplente: Dr. Roque Pio Vincentini

REVISORES DE CUENTAS

Titulares: Dr. Roberto José Baldarenas / Dra. Graciela Gómez

Suplentes: Dra. Paula Grasso / Dra. María Susana Galetto

TRIBUNAL DE ÉTICA PROFESIONAL

Titulares: Dr. Enzo Peralta / Dr. José Antonio Enrique Berta / Dr. Leonardo Durand

Suplentes: Dr. Gabriel Munini / Dra. Elisabet Masters /Dra. Gabriela Mateo

COMISIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

Responsable: Dra. Agostina Delgado

COMISIÓN DE DIFUSIÓN Y EDICIONES

Responsable: Dr. Federico Andrés Contreras

COMISIÓN DE HABILITACIONES

Responsable: Dr. Germán Roberto Perez (interino)

COMISIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES

Responsable: Dra Lidia Mannino

COMISIÓN DE CERTIFICACIONES

Responsable: Dr. Osvaldo Stefan Gaggioli

COMISIÓN DE JÓVENES PROFESIONALES

Responsable: Dr. Santiago Sartorio

 

REUNIONES DE LA MESA DIRECTIVA

La Mesa Directiva del CBSF2 se reúne los viernes a las 20hs. en la sede de la institución. Se recuerda a los colegiados que estas reuniones son libres y puede participar cualquier profesional matriculado. En cada reunión se leen y discuten los temas propuestos en las Actas de Mesa Directiva que consta de:

1. Lectura del acta anterior.

2. Lectura de las notas recibidas.

3. Lectura de las movedades.

Artículo 15. La Mesa Directiva de cada circunscripción, estará formada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Vocal titular y tres suplentes, quienes durarán tres años en sus mandatos y serán electos entre los miembros del Consejo Asesor” (Estatuto CBSF2).

Artículo 18. La Mesa Directiva, deberá funcionar por lo menos una vez por semana y cuando el Presidente lo estime oportuno o a requerimiento de dos o más de sus miembros, constituyendo “quórum” legal, la presencia de tres de sus miembros” (Estatuto CBSF2).

Artículo 19. La concurrencia a las reuniones de la Mesa Directiva es obligatoria; cuando alguno de sus miembros estuviere ausente sin causa justificada por dos reuniones consecutivas o tres alternadas, previa notificación la Mesa Directiva lo comunicará al Consejo Asesor, quien en el caso de ratificar las inasistencias, lo separará del cargo nombrando en su reemplazo el suplente que corresponda” (Estatuto CBSF2).

REUNIONES DEL CONCEJO ASESOR

El Concejo Asesor se reúne dos veces al año en fechas a determinar.

Artículo 30. Los Delegados departamentales reunidos por circunscripción, constituyen el Consejo Asesor. Sus miembros durarán tres años en sus mandatos, debiendo discernir de su seno un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario” (Estatuto CBSF2).

Artículo 33. La reunión de constitución del Consejo Asesor se realizará cualquiera sea el número de Delegados Departamentales electos presentes, media hora después de la fijada en la citación por la Junta Electoral, siendo válida sus decisiones” (Estatuto CBSF2).

Artículo 36. El Consejo Asesor se reunirá a solicitud de su propio Presidente, o a requerimiento de tres Delegados Departamentales o de la Mesa Directiva” (Estatuto CBSF2).

Artículo 39. Las reuniones del Consejo Asesor, se efectuarán donde lo designe su propio Presidente, debiendo hacerse las citaciones por cartas certificadas con aviso de retorno, con una anticipación de cinco días hábiles. La asistencia a las mismas es obligatoria, y en caso de inasistencia no justificada de los Delegados Departamentales, el Consejo Asesor podrá aplicarles multas que oscilarán de $ 100 a $ 200” (Estatuto CBSF2).